¡Feliz miércoles! Hoy hablaremos de la Asamblea Ciudadana, la cual es el máximo órgano de decisión en cada una de las colonias y pueblos originarios en que se divide la Ciudad de México y es convocada por los comités ciudadanos o consejos del pueblo, según sea el caso..
Este instrumento sirve para que las personas se reúnan a tratar suntos relacionados con su comunidad, emitir opiniones y evaluar los programas, las políticas y los servicios públicos aplicados por las autoridades de su demarcación territorial y del Gobierno de la Ciudad de México.
Las personas que forman parte de la asamblea y que tienen derecho a voz son: los habitantes de la colonia o pueblo, incluidos los niños y jóvenes menores de 18 años; las personas cuya actividad económica y social se desarrolle en la colonia o pueblo donde pretendan participar. Por su parte, quienes tienen derecho a voz y voto son los ciudadanos de la colonia que cuenten con credencial para votar actualizada.
Las atribuciones de este ORC son tres:
-Aprobar o modificar el programa general de trabajo del comité ciudadano, así como los programas de trabajo específicos.
-Aprobar los diagnósticos y propuestas de desarrollo integral que se presenten.
-Decidir sobre la aplicación de los recursos públicos que correspondan a programas específicos de las dependencias o las demarcaciones territoriales y cuyas reglas de operación así lo establezcan.
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