Si te registraste como candidato(a) sin partido, te compartimos estos datos breves que te servirán mucho a lo largo de todo tu proceso hasta completar tu registro.
1.La obtención de firmas ciudadanas que respalden tu candidatura, corresponderá a las precampañas de los partidos políticos. (se podría decir, que es tu periodo de precampañas).
2. Tu credencial para votar con fotografía puede servirte como constancia de residencia, excepto cuando el domicilio que indicaste en la solicitud de registro no corresponda con el de la propia credencial, o cuando en tu credencial no aparezca tu domicilio. Si es así, deberás presentar una constancia de residencia expedida por la autoridad competente, en la que se precises el tiempo de residencia en tu domicilio.
3. El horario de atención para realizar cualquier trámite o entrega de documentación relacionada con tu procedimiento de registro, será de lunes a viernes de las 9:00 a las 18:00 horas.
4. El procedimiento para obtener tu registro como candidato(a) sin partido está conformado por 4 etapas.
5. El hecho de que llenes el formulario no te otorga la calidad de aspirante. Ésta la obtendrás hasta el momento en que el órgano electoral apruebe tu registro.
¿Tienes alguna duda? Escríbela en los comentarios y con gusto te respondemos.
¡Buenas tardes!
Respecto a las etapas de Candidatos Sin Partido mencionan que son 4 etapas. Sin embargo el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales en su artículo 310 mencionan 5: Convocatoria, Registro de Aspirantes, Obtención de Firmas, Dictamen sobre respaldo ciudadano y Registro de Candidatura Sin Partido.
Por tanto ¿Existió alguna modificación al respecto? Si es así ¿Podrían mencionar cuál es el documento que hace referencia a esta modificación?
Por su atención, gracias
Hola, Ana. Te compartimos la convocatoria del Proceso Electoral donde se explica detalladamente el proceso para las candidaturas sin partido.
http://www.iedf.org.mx/images/banners/PELO20172018/01convocatoria.pdf